Convocatoria de subvenciones con destino a las entidades de protección animal para la financiación de gastos corrientes, ejercicios 2025 y 2026
Publicado: 23.03.2026
Agricultura, pesca y alimentación
Cerrada
El objeto de esta convocatoria es otorgar subvenciones a las asociaciones o fundaciones que tengan la consideración de entidades de protección animal. La finalidad última de las ayudas consiste en fomentar y promover las actuaciones realizadas por las entidades de protección animal que cumplan los requisitos de la base segunda y que estén orientas a alcanzar la máxima protección de los derechos y el bienestar de los animales, en concreto a:
- Promover la tenencia y convivencia responsable.
- Fomentar entre la ciudadanía la protección de los derechos y el bienestar de los animales.
- Luchar contra el maltrato y el abandono.
- Impulsar la adopción y el acogimiento.
- Promover campañas de identificación, vacunación, esterilización, cría y venta responsable.
- Desarrollar actividades formativas, divulgativas e informativas en materia de protección animal.
Tipo de solicitante
Asociaciones y organizaciones
Plazo
21.03.2026 - 21.04.2026
Presupuesto
700.000,00 €
Presupuesto (Texto)
700.000,00 €
Organismo convocante
Cabildo Insular de Tenerife
Límite máximo de la ayuda
De acuerdo con la base 11, la cuantía máxima de la subvención se determinará de la siguiente manera:
- Para las entidades de protección animal que cuenten con centros de protección animal, la cuantía de la subvención se calculará proporcionalmente al presupuesto de gastos aprobado para cada entidad, para cubrir los gastos subvencionables descritos en la base tercera, procediendo a su reparto entre las entidades, proporcionalmente al presupuesto de gastos aprobado para cada una de ellas. El crédito presupuestario a distribuir entre las entidades beneficiarias es de 560.000 €.
- Para las entidades de protección animal que no cuenten con centro de protección animal, la cuantía de la subvención se calculará proporcionalmente al presupuesto de gastos aprobado para cada entidad, para cubrir los gastos subvencionables descritos en la base tercera, procediendo a su reparto entre las entidades, proporcionalmente al presupuesto de gastos aprobado para cada una de ellas. El crédito presupuestario a distribuir entre las entidades beneficiarias es 140.000 €.