Subvenciones destinadas a la puesta en marcha de iniciativas empresariales
Publicado: 21.04.2026
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Abierta
Esta convocatoria tiene por objeto destinar subvenciones para facilitar la puesta en marcha de una actividad empresarial por personas trabajadoras por cuenta propia, como personas autónomas, conjuntamente con otras personas trabajadoras, o que tengan previsto la expansión de una actividad económica a través de la apertura de un nuevo local, en el que se preste servicio directo al público o establecimiento comercial, en una zona comercial urbana de una actividad económica ya existente en la isla de Tenerife.
Tipo de solicitante
Autónomo
PYMEs
Plazo
18.04.2026 - 31.08.2026
Presupuesto
600.000,00 €
Presupuesto (Texto)
600.000,00 €
Organismo convocante
Cabildo Insular de Tenerife
Límite máximo de la ayuda
De acuerdo con el apartado ""Importe de la subvención", el importe a conceder dependerá de las circunstancias personales de la persona solicitante y/o la nueva empresa, de la siguiente forma:
1. Solicitante General (individual o colectivo) : 1.000,00 €
2. Incremento por apertura de local a pie de calle. Se entenderá por local a pie de calle aquel cuya ubicación se encuentre a nivel de suelo y que permita el acceso directo a los consumidores desde la vía pública para recibir el servicio prestado o realizar la transacción comercial. No se tendrán en consideración aquellos locales que no estén ubicados en una planta a nivel de calle o los que se encuentren ubicados en centros comerciales, hoteles ni otros que no permitan el libre acceso y circulación para el público: 6.000,00 €
3. Incremento por solicitante, o la mayoría de los socios integrantes que trabajen con dedicación exclusiva del colectivo solicitante supongan al menos el 50% del capital o aportaciones fundacionales, con grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33%: 1.000,00 €
4. Incremento para solicitantes mujeres o en cuyo colectivo estas sean, al menos, el 50% del capital total o aportaciones a la fundación del colectivo en que se integran y que tengan dedicación exclusiva: 1.000,00 €
5. Incremento por solicitante por sucesión mediante Relevo Generacional: 1.000,00 €
1. Solicitante General (individual o colectivo) : 1.000,00 €
2. Incremento por apertura de local a pie de calle. Se entenderá por local a pie de calle aquel cuya ubicación se encuentre a nivel de suelo y que permita el acceso directo a los consumidores desde la vía pública para recibir el servicio prestado o realizar la transacción comercial. No se tendrán en consideración aquellos locales que no estén ubicados en una planta a nivel de calle o los que se encuentren ubicados en centros comerciales, hoteles ni otros que no permitan el libre acceso y circulación para el público: 6.000,00 €
3. Incremento por solicitante, o la mayoría de los socios integrantes que trabajen con dedicación exclusiva del colectivo solicitante supongan al menos el 50% del capital o aportaciones fundacionales, con grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33%: 1.000,00 €
4. Incremento para solicitantes mujeres o en cuyo colectivo estas sean, al menos, el 50% del capital total o aportaciones a la fundación del colectivo en que se integran y que tengan dedicación exclusiva: 1.000,00 €
5. Incremento por solicitante por sucesión mediante Relevo Generacional: 1.000,00 €