Modalidad A: Para producciones con un presupuesto de hasta 8.500 euros, se puede solicitar una ayuda de hasta el 90% del presupuesto total, con un límite máximo de 6.000 euros.
Modalidad B: Para producciones cuyo presupuesto sea de 8.501 euros en adelante, se puede solicitar hasta el 70% del presupuesto total, con un máximo de 30.000 euros.
El plazo de ejecución de la ayuda es desde el 1 de diciembre de 2024 hasta el 30 de noviembre de 2025, ya que las producciones deben ser estrenadas dentro de este período.
Gastos subvencionables
Los gastos elegibles para producciones escénicas de carácter profesional incluyen:
Gastos directos (que deben representar al menos el 80% de la subvención):
Servicios artísticos necesarios para la producción, tales como dirección, actores, bailarines, escenografía, entre otros.
Gastos indirectos (que pueden representar hasta un 20% del monto concedido):
Seguridad Social del solicitante o del personal involucrado en la producción.
Gastos corrientes (agua, luz, limpieza, telefonía, etc.) en proporción al uso en el proyecto.
Alquiler de la sala de ensayos, con un máximo de tres meses.
Gastos financieros, de asesoría jurídica y financiera, y otros gastos notariales y registrales directamente vinculados al proyecto.
Todos los gastos deben ser indispensables para la producción y efectuarse en el período establecido, del 1 de julio de 2024 al 30 de noviembre de 2025.