1. Desplazamiento, alojamiento, alimentación o inscripción derivados de concentraciones, competiciones internacionales y otras actuaciones análogas.
2. Alquiler de material e instalaciones.
3. Seguros.
4. Pruebas médicas y de valoración del entrenamiento, control médico, fisioterapéutico o psicológico.
5. Servicios profesionales o salarios de personal de apoyo al entrenamiento o a la competición.
6. Ayudas a las personas entrenadoras sin relación laboral o de prestación de servicios con las Federaciones Deportivas Españolas (FFDEE).
7. Compras de material fungible o equipamiento de competición no inventariable.
8. Gastos no incluidos en los anteriores conceptos siempre que estén relacionados con la preparación de los deportistas.
Estos gastos deben cumplir con las condiciones generales establecidas en la normativa aplicable.
En general, las líneas de actuación podrían incluir:
1. Ayudas a deportistas.
2. Gastos relacionados con la preparación de los deportistas.
3. Actividades de formación y capacitación para entrenadores y personal de apoyo.
4. Promoción y difusión del deporte federado
Los beneficiarios de las ayudas son las Federaciones Deportivas Españolas no olímpicas y no paralímpicas que no están incluidas en los programas deportivos de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de París 2024 y de los Juegos Paralímpicos de Invierno de Milán-Cortina d'Ampezzo 2026. Además, deben cumplir con los requisitos establecidos en el Anexo de la Resolución de Presidencia de 22 de abril de 2022 y no haber sido beneficiarios de ningún plan estratégico anterior a través de la Resolución del CSD. El plazo de justificación de las ayudas concedidas de acuerdo con la presente convocatoria se realizará hasta el 31 de marzo del 2025.