Becas "América 2025” para la realización de prácticas formativas no laborales en el extranjero
Publicado: 15.09.2025
Empleo y formación
Cerrada
El objetivo de esta convocatoria es conceder subvenciones para la realización de prácticas formativas no laborales por titulados/as de Tenerife, que posean las titulaciones que se recogen en el apartado 1.4.b) de la Base cuarta, a través de una estancia de hasta máximo de ocho meses en entidades colaboradoras de México, Colombia y Uruguay: entes públicos, empresas privadas y entidades del tercer sector (en adelante, referidas como entidad de acogida); así como la constitución de una bolsa de candidatos/as que cubran eventuales plazas vacantes.
Tipo de solicitante
Ciudadanía
Plazo
16.09.2025 - 15.10.2025
Presupuesto
160.999,80 €
Organismo convocante
Cabildo Insular de Tenerife - Fundación Insular para la Formación, el Empleo y el Desarrollo Empresarial
Límite máximo de la ayuda
Se otorgarán hasta 10 becas, constando cada una de dos partes diferentes:
1. Parte económica:
- 900€ brutos mensuales. El periodo de prácticas formativas tendrá una duración máxima de estancia de 8 meses.
2. Parte abonada en especie:
- Billetes de avión.
- Alojamiento en régimen de alquiler en la vivienda, que será de uso compartido con otros/as beneficiarios/as de las ayudas.
- Seguro de de Asistencia en Viaje y Responsabilidad civil.
- Visado, si fuera necesario, y vacunas obligatorias. En el caso de que el importe de los visados y vacunas obligatorias hubiera sido por la persona beneficiaria, FIFEDE, previo justificante, podrá reembolsar los gastos correspondientes.
1. Parte económica:
- 900€ brutos mensuales. El periodo de prácticas formativas tendrá una duración máxima de estancia de 8 meses.
2. Parte abonada en especie:
- Billetes de avión.
- Alojamiento en régimen de alquiler en la vivienda, que será de uso compartido con otros/as beneficiarios/as de las ayudas.
- Seguro de de Asistencia en Viaje y Responsabilidad civil.
- Visado, si fuera necesario, y vacunas obligatorias. En el caso de que el importe de los visados y vacunas obligatorias hubiera sido por la persona beneficiaria, FIFEDE, previo justificante, podrá reembolsar los gastos correspondientes.